Este jueves, los legisladores de la Sexagésima Novena Legislatura aprobaron una reforma significativa al Código Civil de Chiapas. Los artículos 144, 145, 169 y 174 fueron modificados en relación con el matrimonio igualitario, marcando un avance en la legislación estatal.

Reformas al Código Civil de Chiapas para el Matrimonio Igualitario

La modificación de estos artículos actualiza la normativa respecto a las uniones igualitarias, garantizando derechos equivalentes a todas las parejas. Con estos cambios, se reconoce formalmente el matrimonio entre personas del mismo sexo, eliminando barreras legales que anteriormente limitaban su reconocimiento.

Estas reformas buscan alinear la legislación local con los principios de igualdad y no discriminación, permitiendo que las parejas del mismo sexo accedan a beneficios legales y sociales de manera equitativa.

Implicaciones de la Reforma en los Derechos LGBTTTIQ+

Con la aprobación de estas reformas, se asegura que las parejas LGBTTTIQ+ tengan acceso a derechos básicos como seguridad social, pensión y vivienda. Esto representa un avance en la justicia social, proporcionando a estas parejas las mismas oportunidades y protecciones que las parejas heterosexuales.

Además, la reforma facilita el ejercicio de derechos y responsabilidades mutuas entre cónyuges, fortaleciendo la estabilidad legal de las uniones igualitarias en el estado.

Proceso Legislativo y Apoyo de los Congresistas

El presidente del Congreso del Estado, diputado Luis Ignacio Avendaño Bermúdez, destacó la importancia de esta reforma para la defensa de los derechos de la comunidad LGBTTTIQ+. Avendaño Bermúdez afirmó que esta es una «Nueva Era» que amplía la esfera de derechos para las personas.

Por su parte, la diputada Marcela Castillo Atristain, quien presentó la propuesta, subrayó que estas acciones permiten a la comunidad acceder a justicia social y derechos fundamentales después de años de lucha.

Antecedentes y Sentencia de la Suprema Corte

Desde 2017, la Suprema Corte de Justicia de la Nación había declarado la invalidez de los artículos 144 y 145 del Código Civil de Chiapas mediante una acción de inconstitucionalidad. Esta decisión ya había legalizado la unión civil entre personas del mismo sexo sin necesidad de tramitar un amparo.

La aprobación legislativa refuerza esta sentencia, consolidando el reconocimiento legal de las parejas LGBTTTIQ+ en el estado y garantizando su inclusión plena en el marco jurídico local.

Detalles de los Artículos Reformados

Artículo 144: Definición del Matrimonio

El artículo 144 redefine el matrimonio como «la unión de dos personas a través de un contrato civil que, en ejercicio de su voluntad, deciden compartir un proyecto de vida…». Esta definición amplia incluye explícitamente a las parejas del mismo sexo.

Artículo 145: Requisitos para Contraer Matrimonio

Establece que para contraer matrimonio, las personas deben haber cumplido 18 años, eliminando restricciones previas que podían limitar la celebración de matrimonios igualitarios.

Artículo 169: Disposición de Bienes Propios

Indica que los cónyuges tienen la capacidad para disponer de sus bienes propios sin necesidad del consentimiento del otro, salvo en bienes comunes, proporcionando mayor autonomía financiera a cada miembro de la pareja.

Artículo 174: Derechos y Acciones entre Cónyuges

Afirma que los cónyuges «podrán ejercitar los derechos y acciones que tengan el uno en contra del otro; pero la prescripción entre ellos no corre mientras dure el matrimonio», asegurando la protección legal continua de ambas partes durante la unión.

Impacto de la Reforma en la Sociedad Chiapaneca

La modificación del Código Civil tiene un impacto directo en la vida de las parejas LGBTTTIQ+, permitiéndoles gozar de los mismos derechos y beneficios que las parejas heterosexuales. Esto incluye acceso a programas de seguridad social, pensiones, y derechos de vivienda, entre otros.

Estas reformas buscan eliminar las desigualdades legales y promover una sociedad más inclusiva y justa, donde todas las personas tengan igualdad de oportunidades y protecciones legales independientemente de su orientación sexual.