En México, el Reparto de Utilidades es un derecho constitucional que los trabajadores tienen para recibir una parte de las ganancias obtenidas por una empresa o patrón. Según lo establecido, las empresas deben realizar el pago correspondiente a más tardar el 30 de mayo para trabajadores de personas morales y el 29 de junio para aquellos que laboran para una persona física.
La determinación individual de las utilidades se realiza según el porcentaje determinado por la Comisión Nacional para la Participación de los Trabajadores en las Utilidades de las Empresas, actualmente establecido en un 10% de las utilidades netas. Estas utilidades se dividen en dos partes: una repartida por igual entre todos los trabajadores, considerando los días trabajados, y la segunda distribuida de acuerdo con los salarios devengados durante el año.
Es importante señalar que el derecho al Reparto de Utilidades aplica para trabajadores que hayan laborado al menos 60 días en empresas cuyas utilidades netas superen los $300 mil pesos, independientemente de si continúan laborando en la empresa o no. Sin embargo, existen excepciones, como trabajadores domésticos, directivos, profesionistas que prestan servicios mediante honorarios y empresas de nueva creación durante su primer año de funcionamiento, entre otros.
La Ley Federal del Trabajo establece un plazo de un año para reclamar el pago de las utilidades en caso de no recibirlo o recibirlo de forma incompleta. Ante cualquier duda o reclamación, la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (PROFEDET) ofrece servicios de orientación gratuita a través de diversos canales de comunicación.
El cumplimiento adecuado del Reparto de Utilidades es fundamental para mantener relaciones laborales justas y equitativas, así como para fomentar la productividad y el bienestar de los trabajadores en el entorno laboral mexicano.
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