Fallecimiento de beneficiario de la CIDH por negación de atención médica en Oaxaca
El señor Donato Hernández García, beneficiario de la medida cautelar MC-1050-21 de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), falleció el 1° de enero de 2025. Su muerte se produjo luego de que el Hospital de Alta Especialidad de Oaxaca y el Hospital Civil le negaran el ingreso para recibir la atención médica necesaria tras sufrir un accidente automovilístico.
El accidente ocurrió el 25 de diciembre cuando el grupo musical «Lobo Mixteco» transitaba por la carretera Huitzo-Oaxaca. El vehículo, un Ford Focus gris, transportaba a Alfonso Hernández Hernández (tecladista), Donato Hernández García (vocalista) y dos integrantes más. Provenientes de Guerrero Grande Atatlahuca, el vocalista Donato había sido desplazado junto a su familia tras la quema de su casa por autoridades municipales en octubre de 2021.
Proceso de atención médica y negativas en hospitales públicos
Después del accidente, los lesionados fueron ingresados en el Hospital Reforma de la ciudad de Oaxaca, ya que su seguro los remitió a esta institución. Sin embargo, al finalizar la póliza de seguro médico, Donato fue dado de alta el 27 de diciembre por la noche, sin recibir la atención especializada que aún requería.
La ambulancia del Hospital Reforma intentó trasladar a Donato al Hospital Regional de Alta Especialidad de Oaxaca, un establecimiento público. A pesar de la gravedad de su estado de salud, el personal médico negó su ingreso y lo remitió al Hospital Civil Aurelio Valdivieso, donde también le fue negado el acceso.
Intervención de defensores de derechos humanos y falta de respuesta efectiva
Frente a la negativa de los hospitales públicos, los familiares de Donato ingresaron de forma provisional al hospital privado Medicar. Sin embargo, la falta de recursos económicos impidió que se continuara con la atención médica, lo que resultó en su alta el 31 de diciembre. Ese mismo día, al ser trasladado a Tlaxiaco, Donato perdió la vida.
El 28 de diciembre, los familiares solicitaron la intervención de la Defensoría de Derechos Humanos del Pueblo de Oaxaca para garantizar el acceso al derecho a la salud de Donato. A pesar de iniciar una queja formal y contar con el apoyo de Flor Estela Morales, coordinadora para la atención a los derechos humanos de Oaxaca, la solicitud de ingreso al hospital público fue rechazada nuevamente.
Implicaciones para el derecho a la salud de las comunidades indígenas en México
El caso de Donato Hernández García subraya las problemáticas existentes en el acceso a la salud para las comunidades indígenas en Oaxaca. A pesar de estar consagrado en el artículo cuarto de la Constitución Política de la República Mexicana y en el artículo 10 del Protocolo Adicional a la Convención Americana sobre Derechos Humanos, se observan negaciones sistemáticas que vulneran este derecho fundamental.
El Centro de Derechos Humanos y Asesoría a Pueblos Indígenas (CEDHAPI.A.C.) ha señalado la necesidad de respetar el derecho a la salud y evitar la discriminación hacia las personas de comunidades indígenas que buscan atención en los hospitales públicos. La negativa de estos establecimientos de proporcionar servicios médicos adecuados tiene consecuencias irreparables, como se evidenció en el fallecimiento de Donato Hernández García.