Mazatlán.- Aunque los delincuentes utilicen armas de utilería para cometer alguna fechoría, la ley prevé que a ellos se les puede aplicar una medida cautelar como la prisión preventiva, manifestó José Antonio Serna Valdés.
El presidente del colegio de abogados Marco Antonio Arroyo Camberos fue abordado sobre el tema de los delincuentes que han sido capturados por la Policía Municipal, pero que han sido liberados en su paso por el Tribunal de Barandilla, que utilizaron armas de utilería para cometer un delito.
“Si es un arma de juguete y se usa con el propósito de intimidar a la víctima, yo creo que está contemplado y puede caer en este supuesto, está tipificado y la pena se aumenta aparte de lo previsto al delito de robo, se aumentará de dos a diez años de prisión más… entonces es un agravante para el delito de robo”.
Explicó que la Fracción 3 del Artículo 205 del Código Penal de Sinaloa, hace referencia a la utilización de un arma o cualquier otro objeto que pueda intimidar a la víctima es un agravante, y en el caso que nos ocupa una pistola de utilería es utilizada precisamente para intimidar.
Entonces si un robo se comete con una arma de utilería, al delincuente se le debe aplicar el procedimiento correspondiente, que es solicitar como medida cautelar la prisión preventiva.
No se vale, finalizó, que como la prisión preventiva no es oficiosa, hasta ahí se debe dejar al delincuente fuera solo porque las autoridades no quieren hacer bien su trabajo.